Equidad: Infancias y adolescencias

ISSN 2525-2100

 

Equidad: Infancias y adolescencias. no 1. Olavarría Dic. 2016
 
ARTÍCULOS
 

La nueva relación alimentaria entre los niño/as y adolescentes y sus abuelo/as

 

 Florencia Vazzano

 

vazzano1Abogada por la Facultad de Derecho de UNICEN. Docente ordinaria en la asignatura Teoría General del Derecho, y docente por extensión de funciones en las asignaturas Ética Aplicada y de la Abogacía, y Filosofía del Derecho del Departamento de Filosofía de esa Facultad. Integrante del Instituto de Estudios Jurídicos y Sociales (IEJUS) de esa Facultad. Maestranda en Derecho Privado, Facultad de Derecho de UNR. 
 

 

 

 

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Resumen
 
Nieto/as y abuelo/as se deben recíprocamente alimentos. Se trata de una de las principales relaciones intrafamiliares e intergeneracionales. El presente trabajo aborda la obligación de los abuelo/as a favor de sus nieto/as menores de edad. 
El Código Civil y Comercial la regula como un efecto derivado del parentesco, es decir, como un vínculo legal entre parientes. No obstante, a diferencia de la anterior legislación, el nuevo Código se hace eco del principio de protección especial de los derechos de los niño/as y adolescentes que deviene del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, y lo recepta con ciertas especialidades, en tanto, se trata de sujetos en etapas de pleno desarrollo madurativo. 
 
Palabras claves: relación alimentaria-abuelo/as-niño/as y adolescentes