Equidad: Infancias y adolescencias
ISSN 2525-2100
Equidad: Infancias y adolescencias. no 1. Olavarría Dic. 2016
ARTÍCULOS
La nueva relación alimentaria entre los niño/as y adolescentes y sus abuelo/as
Florencia Vazzano
Abogada por la Facultad de Derecho de UNICEN. Docente ordinaria en la asignatura Teoría General del Derecho, y docente por extensión de funciones en las asignaturas Ética Aplicada y de la Abogacía, y Filosofía del Derecho del Departamento de Filosofía de esa Facultad. Integrante del Instituto de Estudios Jurídicos y Sociales (IEJUS) de esa Facultad. Maestranda en Derecho Privado, Facultad de Derecho de UNR.
Resumen
Nieto/as y abuelo/as se deben recíprocamente alimentos. Se trata de una de las principales relaciones intrafamiliares e intergeneracionales. El presente trabajo aborda la obligación de los abuelo/as a favor de sus nieto/as menores de edad.
El Código Civil y Comercial la regula como un efecto derivado del parentesco, es decir, como un vínculo legal entre parientes. No obstante, a diferencia de la anterior legislación, el nuevo Código se hace eco del principio de protección especial de los derechos de los niño/as y adolescentes que deviene del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, y lo recepta con ciertas especialidades, en tanto, se trata de sujetos en etapas de pleno desarrollo madurativo.
Palabras claves: relación alimentaria-abuelo/as-niño/as y adolescentes