< volver LO LEGAL Y LO ILEGAL DE UN MOVIMIENTO RURAL DE MUJERES DESOBEDIENTES Dra. María del Carmen Valerio Email: mvalerio@infovia.com.ar Antropología Social - Facultad de Ciencias Sociales (Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires). Avda. del Valle 5737, B7400JWI, Olavarría, Buenos Aires. Recibido 11 de junio de 2009. Aceptado 16 de junio de 2009
ABSTRACT
Desde 1993 comienzo a formarme en Antropología Rural junto a mi Director Mg. Roberto Ringuelet (Profesor Titular) y con mi colega María Inés Píriz, comenzamos a incursionar en el Programa de Investigación Núcleo Regional de Estudios Socioculturales (NURES–FACSO-UNICEN), continuando en la actualidad. Nos permitió desarrollar una serie de trabajos, razones en conjunto con otras, que tienen que ver con mi historia personal, para seguir inquiriendo en el ámbito rural que substancia la especificidad y complejidad en sus diferentes áreas y problemática.
El análisis acerca del Movimiento de Mujeres Agropecuarias en Lucha, en su mayoría nietas de inmigrantes europeos, de características muy heterogéneo, puso a la luz una serie de problemas, conflictos y contradicciones, producto de un modelo de ajuste y convertibilidad. Estas mujeres se atrevieron tal cual el Grito de Alcorta a desafiar al Poder.
Hacia los años ´90 una diversidad de movimientos sociales y acciones colectivas, tanto urbanas como rurales interpelaron al poder político y al modelo neoliberal. Según Charles Tilly (1970) la acción colectiva está basada en la interacción (elemento clave) que comienza a tener carácter estratégico entre actores desafiantes y actores institucionales, la forma de la acción colectiva (repertorios de acción) depende de una interacción entre las tácticas, esta idea de interacción marca el concepto de movimiento social desde una mirada de proceso político. Es menester también, destacar la importancia del concepto de género como criterio de diferenciación, dimensión y nudo problemático, crucial para el estudio de las relaciones de desigualdad y poder. Varios son los debates acerca de la cuestión de género, pero tomo el que me parece más adecuado a esta investigación, para explicar si estas mujeres ubican la problemática en forma explícita o implícita, referido a si las deudas fueron legales o ilegales. El denominado trabajo histórico-conceptual de Thompson (1979), permitió estudiar sobre la participación política de las mujeres, y también para una nueva interpretación de la política a partir de los estudios sobre la racionalidad de las acciones colectivas y de las prácticas culturales. La historiadora inglesa Scott (1988) en el ámbito de la Historia Social, manifiesta que el estudio de la mujer se debe realizar no solamente por inclusión, sino abordar la problemática de género como producto de la historia, junto al análisis de clase. Y su avance teórico se aproxima a la práctica discursiva y de las relaciones de poder, que moviliza a nuevos debates. Y en tanto género, quebrar con el discurso naturalizador de las diferencias; expone: reconstruir los artificios del lenguaje significará deconstruir estrategias de poder. La categoría entendida como: “(…) un elemento constitutivo de relaciones sociales fundadas sobre las diferencias percibidas entre los sexos y género es una primera forma de dar significado a las relaciones de poder.” (1988: 42) Tarducci, Mónica (2006) nos dice: “Desde la década del 90 los estudios de género irrumpen en el ámbito académico recogiendo la experiencia de las mujeres en la lucha por el reconocimiento de sus derechos, expresándose esto en una identidad colectiva de modo que las mujeres puedan hablar y ser escuchadas. (…). Uno de los rasgos característicos del siglo XX ha sido la irrupción de las mujeres en los espacios sociales tradicionalmente ocupados por varones. Este fenómeno se produce dentro de un amplio y profundo proceso de transformación de prácticas sociales y de las mentalidades colectivas que van perfilando nuevas imágenes sobre las mujeres. LA LEY En este proceso de crisis las formas de ajuste estructural, de privatizaciones y todo lo que implicó el modelo neoliberal, lo jurídico-normativo no constituyó una justa medida a lo que se refiere las dimensiones Política Pública, sino que implicó un fuerte autoritarismo, pautas conservadoras y asistencialistas, debilitamiento de los partidos políticos, desempleo, fragmentación de los sindicatos e instituciones y la entrega a extranjeros de tierras pertenecientes a chacareros. Como ejemplo pertinente a mi trabajo menciono que en 1921 se sancionó la ley 11.170 o Ley Agraria sobre arrendamientos, mejoras, libres contratos, comercios y venta de los productos, que luego tiene una legislación especial de mejoras en esa Ley, que se ampliaron con las 11.627 y 13.246. La Ley 11.170:
“(…) facultara al locatario para construir una habitación de ladrillo cocido y hasta de dos piezas y cocina, un galpón, tinglado, silo económico para cereales y forrajes y una aguada, además de árboles forestales o frutales, a razón de cinco hectárea y hasta un máximo de quinientos, siempre, claro está, que estas mejoras no las encontrara hechas en el predio arrendado. Al término del contrato el locatario tenía a ser indemnizado, en dinero efectivo, por el valor de tasación de las mejoras hasta un máximo del 10 % del valor del predio para el pago de la contribución directa. (Manual de Derecho Agrario, 1992:421).”
La ley es un instrumento de protección, regulación y orden en “beneficio de ambas partes” según lo escrito, pero como bien sabemos y expuse en el capítulo II, los conflictos siempre estuvieron, en tanto por no cumplirse o a veces la misma ley entrampa al pequeño y mediano productor y solamente responde a intereses de poder económico y político. De todos modos, ante determinadas acciones conflictivas, los comportamientos sociales en la lucha ponen en juego esa disponibilidad rígida, en la arena política. Por ello sostengo que las mujeres subvirtieron la Ley, radicalizaron un conflicto y se enfrentaron al poder público, inaugurando una nueva forma de hacer política que puso en riesgo la institución y mostró las contradicciones. Por otro lado, si bien ellas fueron juzgadas por “desacato a la autoridad” y fueron llevadas en forma violenta, la misma Ley las declaró absueltas. Los abogados de las mujeres acusadas y condenadas argumentaron que: “sólo ejercieron el derecho constitucional de reclamar frente a la simulación de un remate” (24/03/2003, comentario del Centro de Investigaciones de Estudios Agrarios - CIEA). La no constitutividad (o contingencia) está dado por algo que lo subvierte, lo que destruye la aspiración a constituir una presencia plena, y sería la equivalencia en el acto de subvertir el carácter diferencial de los términos. Entonces “(…) lo contingente subvierte lo necesario impidiéndole constituirse plenamente.” (Laclau y Mouffe 1987: 146). Cómo entendemos esta expresión, teniendo en cuenta que las deudas adquiridas fueron en forma ilegal y corrupta, para beneficiar al Poder económico-financiero y seguir constituyendo la concentración de capital y tierras en pocas manos. Dicho suceso ya está aventurado cuando el Ministro de Asuntos Agrarios dijo que más de 300.000 pequeños y medianos productores no tenían cabida en el modelo. El endeudamiento, las ejecuciones de sus tierras (en general heredadas de sus padres), la dificultad de no poder pagar cifras insólitas (intereses usureros), afectaron al tejido social y moral de estas familias productoras, que más que productores se consideran trabajadores de la tierra. UN ESCENARIO DE DEFINICION: LOS REMATES
La gente impidió que rematen la casa de la líder de las mujeres del campo” (Diario La Nación y Diario Clarín, 25/09/ 1996). En ese artículo de prensa se lee cuando una mujer de Formosa gritó en el remate: “La tierra se labra arando, no martillando”, “Tierra, trabajo, pan, remates al carajo”, “Esta es la mejor justicia, la del pueblo. Marín, Menem, la Patria no se vende.” Mi interpretación me llevó a decir, que por un lado estas mujeres, muestran el deseo de unión pero a la vez subvierten la Ley e inauguran una forma de resistencia, apelando a códigos culturales tradicionales en un marco de conflicto. El Juez no logra callarlas ni “(...) silenciar esos cuerpos fundidos” (Ranciere, 1996) se establece según la Ley una suerte de “desobediencia civil”. Sus discursos marcaron un límite que las excluye y las diferencia del ámbito masculino y político. Desde una visión amplia tengo en cuenta, no sólo las relaciones de las mujeres, sino también las relaciones entre mujeres y hombres, que constituyen la condición de imposibilidad o de posibilidad y le da una dimensión social de acción colectiva. Además en el marco del conflicto otros de los éxitos se ligan con la resignificación de la mujer y la tierra. Mediante una hábil táctica, el Movimiento logra liberar a la mujer de su asociación con el ámbito doméstico y la construcción de una categoría social y política que permite el tránsito de la significación de la tierra como:“la tierra es de nuestros antepasados, la tierra es del trabajo, la tierra nos da de comer”.(Lucy) En un accionar colectivo como intento de reorganizar las relaciones entre Estado y sociedad y rechazar los límites entre lo público y lo privado, estas mujeres lograron modificar las deudas de algunos productores y la no ejecución de algunos remates judiciales, basándose y mostrando relaciones corruptas del Poder, lo cual considero ilegal como tanto otros hechos que tiene que ver con la desocupación masiva y la falta de trabajo, el hambre, el abandono de los excombatientes de Malvinas, la desaparición de personas, en fin cuestiones de exclusión e inclusión. A MODO DE CONCLUSIÓN El impacto político tuvo relación con el espacio público de sus condiciones estratégicas de eficacia de acción y la reacción a cambios estructurales que afectaron el tejido social del sector agropecuario y que tuvo que ver con: ¿quién protesta?, ¿cuándo/dónde?, ¿por qué?, ¿cómo? Y ¿para qué?. A estos interrogantes hemos intentado dar respuestas como también dar cuenta de que el MML se constituyó como un nuevo movimiento social que interpeló al poder político en un campo de acciones novedosas como alternativa de cambios culturales, a través de un impacto disruptivo en los niveles local, regional, nacional, con repercusiones internacionales. “los políticos son corruptos, trabajan para la banca financiera, queremos una mejor distribución de los ingresos y más autonomía.” (Lucy y otras mujeres del Movimiento). La interpelación de este Movimiento estuvo dirigida a todos los sectores populares, medios y pobres que no se sienten representados. De esta manera comienza la construcción de un antagonismo capaz de aglutinar a toda esa Nación invadida y dividida, los postergados de siempre. Dicha construcción del antagonismo opera bajo el mecanismo de la equivalencia, que es capaz de articular los antagonismos presentes en la sociedad en base a una contradicción única. “(…) no respetan lo que quiere el pueblo.”(Cristina, presidenta del Movimiento en Olavarría, provincia de Buenos Aires.) En un accionar colectivo como intento de reorganizar las relaciones entre Estado y sociedad y borrar los límites entre lo público y lo privado, lograron modificar las deudas de algunos productores e impidieron la ejecución de un significativo número de remates judiciales, basándose en: “reconocemos las deudas, pero queremos un precio justo”. (Lucy) De este modo estas mujeres no nos hablan de una simple mujer, su significado cambia en el sentido de empoderamiento político, en tanto que la defensa de éstas no se remite sólo a la mujer, sino a una cuestión nacional, de defensa frente al intervencionismo, un rescate de la memoria de los antepasados, derecho a la calidad de vida y derechos ciudadanos. La acción colectiva de carácter combativo y resistente capaces de desafiar, enfrentar e impedir la acción judicial de remates a través de la desobediencia civil con formas de protesta no vistas anteriormente, rechazando los límites de lo público y lo privado para dar sentido de continuidad y no de fragmentación, sino la posibilidad de que el poder político pudiera establecer una auténtica Democracia que represente los intereses de los ciudadanos dando continuidad a un cambio en beneficio de un campo que define posibilidades y límites. Pusieron al descubierto problemas sociales, económicos y políticos de desigualdades que deben ser discutidos por la sociedad, fundados en la solidaridad, frente a la falta de trabajo, el hambre, la extranjerización, la concentración, la decadencia moral y la permanencia de una estructura de poder represora que continúa investigando y persiguiendo a quiénes reclaman y protestan por la Justicia. Estas mujeres con condición de imposibilidad se convirtieron en ciudadanas contestarias rebeldes en un acto de coraje para la construcción de un nuevo sujeto social que no tuvo miedo al enfrentamiento ni a la represión constituyente de un orden en descomposición. Y que sigue luchando desde diferentes lugares a pesar del riesgo de empobrecimiento o pauperización que estas chacareras siguen enfrentando. Entretanto hay buenas razones para tomar en cuenta las protestas del MML como una configuración de movimiento social integrado por mujeres “desobedientes” que respetan la Ley y el Derecho poniendo en polémica las cuestiones legales y las ilegales. Inauguraron una forma de resistencia diferente. ¿Cómo es posible lo imposible?. AGRADECIMIENTOS BIBLIOGRAFÍA |